El derecho de acceso a la justicia es fundamental para alcanzar la protección y satisfacción de otros derechos porque mediante él se construyen las herra mientas y procesos institucionales para tal fin. Sin embargo, la sola existencia de vías o procesos judiciales no garantiza que todas las personas puedan acceder a ellos o, incluso cuando acceden, lograr una resolución del conflicto en términos integrales.
En México, desde hace casi dos siglos, el juicio de amparo ha buscado funcionar como un verdadero mecanismo protector de los derechos de las personas. Sin embargo, este juicio también es producto de su tiempo, por lo que muchos de los principios y reglas que explícita o implícitamente lo regían atienden a concepciones del derecho y de la sociedad que han sido superadas.
En estos términos, el juicio de amparo necesariamente ha debido adaptarse a nuevos tiempos y circunstancias. Gracias a la evolución del sistema constitucional mexicano, basado tanto en reformas constitucionales y legales como en sentencias relevantes de la Suprema Corte, sus principios se han reinterpretado o reconfigurado para proteger derechos fundamentales en contextos, condiciones y alcances novedosos.
Este es el caso del principio de relatividad de las sentencias de amparo, que indica que éstas sólo tendrán efectos para la persona o personas que promovieron el juicio y en relación con los actos reclamados en él. En este cuaderno se sistematizan los casos en que la Suprema Corte ha delimitado los alcances de las sentencias, reconociendo que en ciertos casos o materias tiene sentido entender al principio en sus términos más clásicos, mientras que en otros es más consistente con nuestro orden constitucional una interpretación que permita armonizarlo con derechos de índole colectiva o difusa y lleve al Estado a cumplir, en la mayor medida posible, sus obligaciones de protección y garantía de todos los derechos.