El Código Nacional de Procedimientos Penales me obliga a escribir la segunda edición de mi libro La Audiencia de Control de la Acción, como un nuevo libro. En efecto, me obliga a escribir sobre la Acción Penal Particular, la Acción Penal Privada, la Acción Penal Coadyuvante sin dejar de explicar la audiencia de control de la acción del artículo 258. Estos temas exigen escribir, también, para el Asesor Legal de la Víctima y sus distintas funciones procesales. Ya no estamos ante treinta y dos formas de concebir la audiencia de control de la acción, la acción particular, la acción coadyuvante sino, por el contrario, al modo como la ha ideado el Código Nacional de Procedimientos Penales, para los jueces federales, para los jueces locales. Un Asesor Legal de las Víctimas debe conocer, a la perfección, las potestades procesales de la víctima como actora coadyuvante (Cfr. art. 338) y, como actora particular (Cfr. art. 426), pero, especialmente, cómo controlar, acudiendo al juez de Control, las decisiones del Ministerio Público (Cfr. art. 258) y, cómo controlar, acudiendo al Tribunal de Apelaciones, las decisiones de los jueces de Control. Además, debe conocer por qué pocos conocen que la de Control de la Acción es la audiencia más importante en el Sistema Procesal Penal Acusatorio, para garantizar los derechos de las víctimas y ofendidos por el delito. Con el apoyo siempre del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de Chiapas, he podido continuar con la investigación de todos estos temas y escribir este segundo volumen como un libro propio, sin abandonar mis criterios sobre la audiencia de control de la acción, he podido interpretar la audiencia en las distintas codificaciones y, he procurado ofrecer algunas respuestas donde la ley es omisa y el procedimiento poco claro. No puedo escribir, sin embargo, sin antes analizar algunos aspectos relacionados con las víctimas. Un tema que me interesa para dar a conocer con mi investigación la acción penal coadyuvante, la acción penal particular, la acción penal privada, la acción penal popular, y todas las formas procesales, cuando nos encontramos ante un delito de acción pública perseguible a instancia de parte ofendida y/o por querella. Como analicé en la primera edición, fue mi objetivo inicial investigar todo lo referente a los medios de impugnación y, dentro de ellos, el recurso de queja (Veracruz), de apelación (Tamaulipas), inconformidad (Yucatán), reclamación (Guanajuato), y de control de la acción, junto con los recursos horizontales administrativos y jurisdiccionales y los verticales, para ofrecer una sola introducción, una única génesis y, un desarrollo armónico y sistemático. Este libro se escribe ahora para aprender de la acción penal particular, especialmente la acción penal privada. Desde la legislación de Guanajuato (Cfr. art. 398), se ha confundido acción particular con acción privada y, por ende, los delitos de acción particular y los delitos de acción privada, hasta culminar con su total confusión, tanto en el Proyecto de Código Federal de Procedimientos Penales, como en las iniciativas del Código Único, tanto la del Senado como la de SETEC. El problema es que no se trata simplemente de un proyecto defectuoso sino que el proyecto federal ya influyó en codificaciones de Coahuila, Veracruz, San Luis Potosí, Sinaloa, Aguascalientes y Baja California Sur, que, si bien no se encuentran ya vigentes, es lo cierto que supusieron capacitación y conocimiento equivoco del proceso. Hoy, aquella equívoca acción penal particular es ley en el Código Nacional de Procedimientos Penales y, lo es, para todas las entidades y para el Estado Federal, sin que al legislador de la legislación unionista le haya interesado conocer virtudes y defectos, para superar las instituciones. Se han confundido, igualmente, los procedimientos, confusión que incluye a los propios Tribunales de Circuito que, desde su atalaya establecen criterios equivocados de acción. Algunos fiscales del Ministerio Público consideran que, antes de la denuncia, la víctima o el ofendido deben ser atendidos por el Centro de Mediación y Conciliación. Otros atinan que sin la denuncia, no hay razón de causa penal y, por ende, para legitimar una mediación y/o una conciliación es necesaria la denuncia y/o la querella. Mas, el problema no estriba ahí sino en la equivocada concepción de los fines jurídicos a proteger y, por ende, la comercialización que se ha producido para comprender y/o distinguir un delito perseguible por querella de uno perseguible por acción particular o privada. Hay codificaciones en las que no se entiende, para nada, la distinción.
INDICE:
Capítulo I
De la acción penal
A. Tipos y distinción de la acción penal
1. Diez modalidades de acción en el proceso penal
2. La víctima y la acción penal pública
3. La víctima y su coadyuvancia en la acción penal pública
4. La víctima y la acción penal por particulares
5. La víctima y la acción penal privada
6. La víctima y la acción penal por interés difuso o acción popular
Capítulo II
Acción penal y derechos procesales de las víctimas
A. De los derechos constitucionales de la víctima u ofendido
1. De los derechos constitucionales de la víctima u ofendido en general
2. Derecho de la víctima u ofendido a la acción penal
B. De los derechos procesales de la víctima u ofendido
1. De los derechos procesales de la víctima en general
2. Del derecho de proponer diligencias
3. Del derecho a un procedimiento especial
4. Del derecho de querellar y/o desistir de la querella
5. Criterios de querella en la legislación federal
6. Superar querella con mecanismos alternativos de solución de controversias
7. Del derecho a que el Ministerio Público ejerza la acción penal
8. Derecho a que, con la acción, el Ministerio Público exija la reparación del daño
9. Del derecho al control de la acción
C. La acción penal particular del Proyecto Federal y códigos únicos
1. Tres modalidades de acción particular
2. Procedimiento de acción particular en el Proyecto de Código Federal
D. La acción penal privada
1. Privatizar la acción penal pública
2. Continuar la acción penal pública
3. Exclusivizar en la víctima la acción penal pública
E. La acción particular en el Código Nacional de Procedimientos Penales
1. Comprender el proceso de acción particular
2. Delitos que permiten la acción particular
3. Procedimiento inicial
4. Posibilidad de auxilio judicial
5. Interpretando, para entender, el auxilio judicial del Código Nacional
6. Desistimiento
7. Justicia restaurativa y alternativa
8. Procedimiento de juicio oral
9. Tres caminos procesales distintos hacia la acción particular
Capítulo III
Decisiones que exigen control de la acción penal
A. Control de la acción en abstención del ejercicio de la acción
B. Control de la acción en archivo temporal o reserva
C. Control de la acción en no ejercicio de la acción penal pública
D. Control de la acción en aplicación de criterios de oportunidad
1. De la legalidad a la oportunidad
2. La importancia de la oportunidad
3. Víctima y criterios de oportunidad
4. El Estado y los criterios de oportunidad 219
E. Control de la acción en el dictado de una sentencia de Sobreseimiento
1. Sentencia de Sobreseimiento Total
2. Sentencia de sobreseimiento parcial
3. Sentencia de sobreseimiento provisional
4. Atribuciones de la víctima en relación al sobreseimiento
Capítulo IV
De la audiencia de control de la acción
A. Derechos procesales en serio
1. Una respuesta seria a la víctima por delito
2. Del concepto amplio de víctima
3. Que se haya constituido como parte
B. Del procedimiento de impugnación
1. Algunos antecedentes previos
2. Procedimiento administrativo
3. El Ministerio Público "reglamenta" los procedimientos
4. Procedimiento previo administrativo
5. Procedimiento jurisdiccional escrito
C. Audiencia oral de control de la acción
1. Del término control de la acción
2. Audiencia y/o medio de impugnación
3. Un control necesario
4. La conquista jurisprudencial del medio de impugnación
5. Madurez procesal de los contenidos jurisprudenciales
6. Una propuesta constitucional, un tema procesal y un nuevo amparo indirecto
7. Diversidad comparada de plazos
8. Estructura de la audiencia de control de la acción
Capítulo V
Del asesor jurídico de la víctima y ofendidos
A. El asesor jurídico como sujeto procesal
B. Derecho procesal a la asesoría jurídica
1. ¿Quiénes tienen derecho a un asesor jurídico?
2. ¿Por qué la víctima u ofendido necesita un asesor jurídico?
3. Acceso al asesor jurídico
C. Potestades procesales del asesor jurídico
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