LOS PRINCIPIOS DE LESIVIDAD Y PROPORCIONALIDAD NO SON SINO UN REFLEJO DEL GRADO DE RESPETO QUE UN ESTADO TIENE EN EL SISTEMA PENAL PARA CON SUS CIUDADANOS. POSICIONES POLÍTICAS PERO TAMBIÉN DOGMÁTICAS, O PRETENDEN RESTARLE IMPORTANCIA, O BIEN, HAN TERMINADO POR NEGARLES CARÁCTER DE PRINCIPIOS LIMITADORES DEL EJERCICIO DEL IUS PUNIENDI. ANALIZANDO LAS POSICIONES DE LOS QUE SOSTIENEN UN DERECHO PENAL INTERVENCIONISTA Y DE LOS FUNCIONALISTAS SISTÉMICOS, LA OBRA PONE EN TELA DE JUICIO LAS BASES Y CONCLUSIONES DE ÉSTAS, DE MANERA PARTICULAR, RESPECTO DE LOS PRINCIPIOS ANALIZADOS, DEMOSTRANDO CON SUFICIENTE CLARIDAD LA TRASCENDENCIA DE AMBOS EN EL SISTEMA PENAL DE LOS ESTADOS SOCIALES Y DEMOCRÁTICOS DE DERECHO. EL UTOR, SALE A LA DEFENSA DE LOS FACTORES LIMITADORES DE LA ACTIVIDAD PUNITIVA DEL ESTADO, UTILIZANDO PROFUNDOS ASPECTOS DOGMÁTICOS, PERO TAMBIÉN ATERRIZANDO ESOS CONOCIMIENTOS EN ASPECTOS PRÁCTICOS, SOBRE TODO LEGISLATIVOS. AL CONCLUIR CON EL ANÁLISIS PROPUESTO EN ESTA OBRA, EL LECTOR PODRÁ COMPRENDER POR QUÉ, POR EJEMPLO, DICHOS PRINCIPIOS PUEDEN SER INSTRUMENTO PARA CUESTIONAR LOS TIPOS DE PELIGRO EN ABSTRACTO, CÓMO PUEDEN LIMITARSE CON BASE EN LOS MISMOS LOS DELITOS FORMALES, POR QUÉ PUEDEN CONSIDERARSE ESOS PRINCIPIOS COMO BASE PARA EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN Y POR QUÉ SU INOBSERVANCIA PUEDE PRODUCIR DESINTERÉS EN PERSEGUIRLA O PROVOCAR EN QUIENES LA PRACTICAN, LA IMPRESIÓN DE NO SER UN ACTO SUFICIENTEMENTE GRAVE, CÓMO HAN SERVIDO PARA DESPENALIZAR EL ADULTERIO O LAS PRÁCTICAS HOMOSEXUALES. DE FORMA CONCRETA PERO A TRAVÉS DE ARGUMENTOS QUE DEMANDAN SER ATENDIDOS, LA OBRA RESALTA LA IMPORTANCIA DE LOS PRINCIPIOS DE LESIVIDAD Y PROPORCIONALIDAD, PARTIENDO DE ESE SÓLIDO FUNDAMENTO DOGMÁTICO PRODUCTO DE BASTA CAPACIDAD INTELECTUAL DEL AUTOR, PERO TAMBIÉN, REFLEJÁNDOLO EN SUS ASPECTOS PRÁCTICOS, LO QUE HACE DE ELLA, UN TEXTO ATRACTIVO, TANTO PARA ESTUDIANTES DE DERECHO COMO PARA PROFESORES.