SINOPSIS
El pasado 7 de junio del 2023 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el cual se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares que si bien puede considerarse como un avance en la impartición de justicia, al momento de realizar un análisis detallado, podemos encontrar que si bien es cierto no es un sistema normativo que pueda considerarse perfecto debido a algunas impresiones y lagunas que en el se encuentran, si es un ordenamiento jurídico perfectible.
No hay duda que, uno de los principales motivantes de su creación fue que los procedimientos civiles y familiares se homologaran con la intensión de que los abogados postulantes tuvieran la oportunidad de poder intervenir de forma más certera y profesional al no existir tantas variantes como actualmente existen de una entidad federativa a otra. La creación de este nuevo Código de Procedimientos Civiles y Familiares es el resultado directo de las reformas realizadas a diversos numerales de nuestra Carta Magna, particularmente lo que refieren los artículos 16, 17 y 73.
En nuestro sistema normativo los procedimientos se encuentran regidos por principios, este Código Nacional contempla como principios rectores a los enlistados en su numeral 7, siendo estos: acceso a la justicia, concentración, colaboración, continuidad, contradicción, dirección procesal, igualdad procesal, inmediación, interés superior de la niñez, impulso procesal, lealtad procesal, litis abierta, oralidad, perspectiva de género, preclusión, privacidad y publicidad. Para el caso particular de la aplicación de la justicia digital, se contempla también el principio de elegibilidad, el cual consiste en que las partes tienen la opción de escoger si el procedimiento quieren llevarlo en forma digital y en línea.
Dentro de las novedades que presenta este que será nuestro único Código adjetivo es la aplicación de la tecnología para la impartición de la justicia digital, la cual si bien es cierto podría considerarse como uno de los elementos que dotarían a los procedimientos de rapidez, también lo es, que en la práctica podría resultar contrario, ya que no en todas las entidades se cuenta o se podría contar a corto plazo con herramientas que pudieran asegurar esta prontitud de impartición de justicia.
Por lo que hace a las etapas que contempla el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares al momento de buscar resolver las controversias, encontramos la creación e implementación de la justicia restaurativa, la cual podrá ser invocada en cualquier etapa del procedimiento o como también marca el Código dentro de las primeras etapas. En relación a las pruebas que deberán ofrecer las partes, estas se tendrán que hacer desde los escritos de demanda, contestación, reconvención, contestación a la reconvención y desahogo de vista. Por lo que respecta al sistema de valoración de las pruebas estas ya no serán tasadas, sino que serán de libre valoración, basándose en la lógica y en la experiencia del juzgador.
Como abogados postulantes no sólo bastará con tener el conocimiento de que ahora únicamente contaremos con un Código Nacional, sino que tenemos la obligación de profesionalizarnos en su uso y aplicación, ya que una de las novedades que arroja este sistema normativo es que las partes que intervengan dentro de los procedimientos deberán estar asistidos por una defensa técnica, efectiva y en cuanto a asuntos de la infancia además la defensa deberá ser especializada, teniendo incluso la autoridad judicial la capacidad de solicitar la remoción del defensor privado, y solicitar la intervención de un defensor público (aquí encontramos una adecuación que tendrán que hacer que algunos poderes judiciales de diversas entidades en las cuales aún no se cuenta con un área de defensoría pública).
La aplicación de este Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares se realizará de forma gradual con base en las declaratorias emitidas tanto por el Congreso de la Unión como los Congresos Locales, en el entendido de que si alguna entidad no llega a pronunciarse a este respecto la aplicación será de forma automática a partir del 1 de abril del 2027. Cabe destacar que, en razón de la creación de este Código Nacional, consecuentemente se abrogan todos los ordenamientos jurídicos procesales civiles y familiares de cada entidad, así como el Código Federal de Procedimientos Civiles.
INDICE:
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES
LIBRO PRIMERO
Del Sistema de Imparticlón de Justicia en Materia Civil y Familiar
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo I
Del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Sección Primera
Formalidades del Procedimiento
Sección Segunda
De la Acción
Sección Tercera
De las Excepciones
Titulo Segundo
De la Competencia Objetiva y Subjetiva
Capítulo I
Disposiciones Generales
Sección Primera
De la Fijación de la Competencia
Sección Segunda
De la Substanciación y Decisión de Competencias
Capítulo II
De la Competencia Subjetiva
Sección Primera
De los Impedimentos y Excusas
Sección Segunda
De la Recusación
LIBRO SEGUNDO
Del Procedimiento Oral Civil y Familiar
Titulo Primero
De las Formalidades Judiciales
Capítulo I
De las Partes en el Procedimiento
Capítulo II
De las Actuaciones Judiciales
Capítulo III
De las Resoluciones Judiciales
Capítulo IV
De las Costas
Capítulo V
De los Incidentes
Capítulo VI
De las Medidas de Apremio y las Correcciones Disciplinarias
Capítulo VII
Del Emplazamiento y las Notificaciones
Capítulo VIII
De los Exhortes y Despachos
Capítulo IX
De los Términos Judiciales
Título Segundo
De la Etapa Postulatoria
Capítulo I
De la Demanda
Sección Primera
Requisitos de la Demanda
Sección Segunda
De la Contestación a la Demanda
Sección Tercera
Del Allanamiento y Rebeldía
Capítulo II
De las Pruebas
Sección Primera
De las Pruebas en General
Sección Segunda
De la Declaración de Parte Propia y Contraria
Sección Tercera
De la Declaración de Testigos
Sección Cuarta
De la Prueba Pericial
Sección Quinta
De la Prueba Documental Física o Electrónica
Sección Sexta
De la Inspección o Reconocimiento Judicial
Sección Séptima
De la Prueba de Informes
Sección Octava
De otros Medios de Prueba
Sección Novena
De las Presunciones
Sección Décima
De la Valoración de las Pruebas
Capítulo 111
Del Juicio Oral Sumario
LIBRO TERCERO
De la Justicia Civil
Título Primero
De los Actos Prejudiciales en Materia Civil
Capítulo I
De los Medios Preparatorios del Juicio en General
Sección Primera
Disposiciones Generales
Sección Segunda
De los Medios Preparatorios del Juicio Ejecutivo Civil
Sección Tercera
De la Preparación del Juicio Arbitral
Sección Cuarta
De las Preliminares de la Consignación
Capítulo II
De las Medidas Cautelares en Materia Civil
Sección Primera
De las Providencias Precautorias
Sección Segunda
De las Medidas de Aseguramiento
LIBRO QUINTO
De los Juicios Universales
Título Primero
Juicios Sucesorios
Capítulo I
Disposiciones Generales
Sección Primera
Del Procedimiento Especial en los Intestados
Sección Segunda
De las Sucesiones Testamentarias
Sección Tercera
Delinventario y Avalúo
Sección Cuarta
De la Administración y Rendición de Cuentas
Sección Quinta
De la Partición de Herencia
Capítulo II
De Otras Formas Testamentarias
Sección Primera
Del Testamento Público Cerrado
Sección Segunda
De la Declaración del Testamento Ológrafo
Sección Tercera
Del Testamento Privado
Sección Cuarta
Del Testamento Militar
Sección Quinta
Del Testamento Marítimo
Sección Sexta
Del Testamento hecho en País Extranjero
Capítulo III
Procedimiento Sucesorio No Controvertido Vía Judicial
Capítulo IV
De la Sucesión Tramitada por Notario Público
Titulo Segundo
Del Concurso de Acreedores
Capítulo Único
Disposiciones Generales
Sección Primera
Del Procedimiento Extrajudicial
Sección Segunda
Del Proceso Judicial de Concurso Civil
LIBRO SEXTO De las Acciones Colectivas
Capítulo Único
Disposiciones Generales
Sección Primera
De la Legitimación Activa
Sección Segunda
Del Procedimiento
Sección Tercera
De las Sentencias
LIBRO SÉPTIMO
De los Recursos
Capítulo Único
Disposiciones Generales
Sección Primera
De la Apelación
Sección Segunda
De la Reposición
Sección Tercera
De la Queja
LIBRO OCTAVO
De la Justicia Digital
Titulo Único
Del Procedimiento en Línea e Integración
del Expediente Judicial
Capítulo I
Disposiciones Generales
Sección Primera
De la Integración del Expediente Judicial
Sección Segunda
De la Digitalización y Uso de Firma Electrónica
Capítulo II
Del Procedimiento en Línea y de las Audiencias Virtuales
Sección Primera
Del Procedimiento en Línea
Sección Segunda
De las Audiencias y Diligencias Virtuales
Capítulo III
De los Sistemas de Justicia Digital y de la Seguridad de la Información
Sección Primera
De los Sistemas de Justicia Digital
Sección Segunda
De la Seguridad de la Información
LIBRO NOVENO
De la Sentencia, Vía de Apremio y su Ejecución
Título Único
De la Ejecución de la Sentencia
Capítulo I
De la Sentencia Ejecutoriada y Cosa Juzgada
Capítulo II
De la Via de Apremio y Ejecución de Sentencia
Capítulo III
Del Embargo
Capítulo IV
Del Remate en Subasta Pública
Capítulo V
De la Ejecución de la Sentencia y demás Resoluciones de las Autoridades Jurisdiccionales de las Entidades Federativas
LIBRO DÉCIMO
De los Procesos de Carácter Internacional
Capítulo I
De la Competencia
Capitulo II
De la Cooperación Procesal Internacional
Sección Primera
De las Notificaciones, Emplazamientos y Medidas Cautelares
Sección Segunda
De las Pruebas
Sección Tercera
De la Cooperación, cuando intervengan Niñas, Niños y Adolescentes
Sección Cuarta
De los Exhortes Internacionales y Cartas Rogatorias
Sección Quinta
De la Utilización de Videoconferencias en Procesos
Internacionales
Sección Sexta
De la Información del Derecho Extranjero
Capítulo III
De la Ejecución de Sentencias, Laudos y Resoluciones dictadas en el Extranjero
Sección Única
De la Ejecución Forzosa
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