{"product_id":"construccion-de-la-democracia-la-1-ª-ed-2023-ferrajoli-luigi","title":"CONSTRUCCIÓN DE LA DEMOCRACIA, LA - 1.ª ED. 2023 \/ FERRAJOLI, LUIGI","description":"\u003cp\u003e\u003cspan data-mce-fragment=\"1\"\u003eLa democracia está hoy en crisis también en los países donde, hasta hace poco, parecía irreversible. Frente a la idea de que no existen alternativas a la crisis, este libro aboga por tomar en serio el derecho vigente construyendo las garantías de las promesas de paz e igualdad en los derechos fundamentales. La expansión del paradigma normativo del constitucionalismo democrático, configurado como paradigma formal, no es una simple opción progresista, sino una actuación impuesta por las cartas de derechos y la única alternativa realista a un futuro de catástrofes.\u003c\/span\u003e\u003cbr data-mce-fragment=\"1\"\u003e\u003cbr data-mce-fragment=\"1\"\u003e\u003cspan data-mce-fragment=\"1\"\u003eComo escribe Luigi Ferrajoli, la democracia no es solo una construcción jurídica, sino sobre todo una construcción social y política, dependiente de presupuestos extrajurídicos que el derecho puede tanto promover como desalentar. De esa construcción son elementos indispensables la participación ciudadana, la formación de su sentido cívico, la maduración de una opinión pública que tome en serio el nexo entre paz, democracia, igualdad y derechos fundamentales, y el desarrollo, en el sentido común, de la consciencia de las dimensiones cada vez mayores de los intereses públicos, comunes a toda la humanidad.\u003c\/span\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp\u003e\u003cspan\u003eContenido\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ePrólogo\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eIntroducción.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eMetateoría del derecho y de la democracia\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1. Cuatro puntos de vista sobre el derecho. La teoría del derecho en el sistema de los saberes jurídicos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2. La semántica de la teoría del\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ederecho. Las referencias empíricas de la teoría y sus divergencias deónticas\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3. La sintáctica de la teoría del derecho. La lógica del derecho y su explicación teórica gracias al empleo del método axiomático\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4. La pragmática de la teoría del derecho. El papel de la teoría y su triple dimensión pragmática\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5. Un modelo integrado de ciencia del\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ederecho. Garantismo constitucional y cultura jurídica militante\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ePrimera parte\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eTEORÍA DEL DERECHO\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eI. El derecho positivo\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.1. Los modos deónticos. Las modalidades activas y las expectativas pasivas. El hexágono deóntico\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.2. La asunción de la lógica deóntica como parte de la teoría, necesaria para dar cuenta de la positividad\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003edel derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.3. Las situaciones jurídicas, activas y pasivas, su\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eactuabilidad y su efectividad. Los estatus\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.4. El principio de calificación deóntica y el principio de positividad. Cadenas y redes de actos y de situaciones.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eLas relaciones de grado\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.5. Las normas. Normas deónticas y normas constitutivas, normas téticas y normas hipotéticas.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eUna cuatripartición de las normas\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.6. Situaciones, estatus y normas como significados prescriptivos. Derecho vigente y derecho viviente\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eLas personas y las capacidades.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ePersonas físicas o naturales y personas jurídicas o artificiales.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eLa representación jurídica,\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.8. Las relaciones jurídicas y las garantías.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eGarantías positivas y garantías negativas, garantías primarias y garantías secundarias.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eGarantismo constitucional y garantismos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.9. Las instituciones como ordenamientos, si y solo si no figuran como sujetos jurídicos.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eNorma de reconocimiento y razón social\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e1.10. El principio de legalidad como norma de reconocimiento del derecho positivo.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eSintaxis, semántica y pragmática del derecho positivo\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eII. El estado legislativo de derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.1. Actos formales y actos informales\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.2. Los actos formales: formas y significados. Normas formales y normas sustanciales sobre la producción. Validez e invalidez, formal y sustancial. Actos precepti-\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003evos, decisiones y actos constitutivos. La anulabilidad de los actos inválidos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.3. La estructura en grados del estado de derecho. Aplicación y respeto de las normas sobre la producción. Nomo-dinámica y nomoestática. El principio de legalidad en el estado legislativo de derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.4. Los actos informales. Actos ilícitos, cumplimientos e incumplimientos. La responsabilidad y las sanciones, 2.5. Fuentes formales y fuentes informales. La costumbre\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.6. Situaciones activas y situaciones pasivas. Poderes y deberes. El poder jurídico en el estado de derecho. Potestades y funciones\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.7. Representación orgánica, relación orgánica, competencia y normas de competencia.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eLos estatutos de las personas jurídicas\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.8. La construcción moderna del concepto de derecho subjetivo. Tipología de los derechos subjetivos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.9. Las garantías primarias y las garantías secundarias.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eNormas primarias y normas secundarias. La obligación de introducir las garantías\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e2.10. Efectividad primaria y efectividad secundaria.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eRazones primarias y razones secundarias de la acción\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eIII. El estado constitucional de derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.1. Derechos fundamentales y derechos patrimoniales. Una tipología de los derechos fundamentales. La esfera de lo no decidible. El principio de legalidad en el estado constitucional de derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.2. Confusiones conceptuales y diferencias estructurales entre derechos fundamentales y derechos patrimoniales y entre derechos de libertad y derechos de autonomía\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.3. En los orígenes de las confusiones conceptua-\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eles. La identificación lockeana de libertad, autonomía y propiedad. La naturaleza de poderes de los derechos patrimoniales y de los derechos de autonomía\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.4. Cuatro libertades jurídicas. Libertad jurídica y libertad moral. La libertad política\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.5. Principios y reglas. Principios regulativos y principios directivos. Los derechos fundamentales como principios regulativos expresados por normas teórico-deónticas\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.6. La insostenibilidad de la concepción creacionista de la jurisdicción en el plano epistemológico y su incompatibilidad con el principio de legalidad y la separación de poderes. Precedentes judicia-\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eles y prestigio (autorevolezza)\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.7. La dimensión equitativa del juicio. Una redefinición de la noción de ponderación\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.8. Una reformulación de la separación de poderes: funciones e instituciones de gobierno y funciones e instituciones de garantía\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.9. Representación política, separación de poderes y división del poder\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e3.10. Poder constituyente, acto constituyente, constitución. Dos concepciones de constitución democrática: la concepción organicista y la\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003econcepción pacticia\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eIV. Por un constitucionalismo más allá del estado\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.1. Modelos de derecho. Dos cambios de paradigma del derecho y la perspectiva de un tercer cambio: un constitucionalismo más allá del estado\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.2. Antinomias y lagunas. El derecho ilegítimo y el deber ser jurídico del derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.3. Derechos sin garantías. El problema de las lagunas por la ausencia de las garantías de los derechos constitucionalmente establecidos y la construcción de la democracia\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.4. La creciente divergencia entre el deber ser constitucional y el ser efectivo del derecho. La doble crisis del principio de legalidad, tanto\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eformal como sustancial: la derrota tanto de Antígona como de Creonte\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.5. Las tesis escépticas acerca de la cuestión de si es posible un constitucionalismo más allá del estado\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.6. La crisis de los estados nacionales y del constitucionalismo estatal. La posibilidad, la obligatoriedad, la necesidad y la urgencia de un tercer cambio de paradigma. Tres necesarias expansiones del garantismo constitucional\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.7. A) Por un constitucionalismo de derecho privado. Esfera pública y esfera privada\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.8. B) Por un constitucionalismo de bienes fundamentales. Una actualización de la teoría jurídica de los bienes: bienes patrimoniales, bienes fundamentales, bienes ilícitos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.9. C) Por un constitucionalismo global. Constitucionalismo y federalismo. Instituciones locales de gobierno e instituciones globales de garantía\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e4.10. El principio de legalidad en el constitucionalismo global El principio de subsidiariedad\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eSegunda parte\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eTEORÍA DE LA DEMOCRACIA\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eV. La democracia constitucional. Democracia formal y democracia sustancial\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.1. La relación isomórfica y la diferencia de estatuto entre teoría del derecho y teoría de la democracia. Democracia formal y democracia sustancial\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.2. Crítica de la concepción solamente formal de la democracia. El modelo cuatridimensional de la democracia constitucional: democracia política, democracia económica, democracia liberal, democracia social\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.3. El modelo multinivel de la democracia constitucional: niveles locales, estatales, federales. El nivel global\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.4. Dos concepciones opuestas del pueblo. Las nociones de pueblo y de soberanía popular compatibles con el paradigma constitucional. El estado instrumento y el nexo funcional entre democracia formal y democracia sustancial\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.5. Garantizar los derechos, separar los poderes.\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eReservas de códigos y de leyes orgánicas. El nexo entre separación de poderes y garantía de los derechos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.6. Las separaciones extrainstitucionales: entre funciones políticas representativas y fuerzas sociales representadas y entre esfera pública y esfera privada\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eseparación intrainstitucional: entre producción y aplicación del derecho y entre funciones de gobierno y funciones de garantía\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.8. La jerarquía y la geografía democráticas de los poderes garantizadas por sus separaciones y trastornadas por sus confusiones\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.9. Se ha hecho imposible lo que era posible en el pasado y posible lo que entonces era imposible\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e5.10. La pandemia del coronavirus y sus enseñanzas: la primacía de la esfera pública en materia sanitaria y la necesidad y la urgencia de una expansión del paradigma constitucional a escala global\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eVI. La democracia formal. Democracia política y democracia económica\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.1. La dimensión formal de la democracia: la democracia política y la democracia económica\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.2. A) La democracia política. Ciudadanía y residencia. Dos conceptos de la democracia: la democracia plebiscitaria basada en el principio de homogeneidad y la democracia pluralista basada en el principio de heterogeneidad\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.3. Una doble crisis de la democracia política. La crisis por arriba de la representación\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.4. La crisis por abajo de la representación: la despolitización y la corrupción del sentido cívico. La perversa alianza entre populismos y liberismo\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.5. El garantismo político. Las alternativas a la crisis en curso:\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ea) El sistema electoral proporcional, el gobierno parlamentario y las instituciones electorales de garantía\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.6. Sigue: b) La democratización de los partidos, su separación del estado como órganos de la sociedad y su financiamiento público\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.7. B) La democracia económica. Por un constitucionalismo de derecho privado. El modelo\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ede desarrollo económico diseñado por la Constitución italiana. El garantismo civil\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.8. La agresión al trabajo. El modelo constitucional\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003edel trabajo. Tres cambios del trabajo impuestos por su constitucionalización\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.9. La agresión a los derechos de las mujeres. Los poderes domésticos como poderes virtualmente salvajes. La esclavitud doméstica provocada por la violencia de los convivientes\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e6.10. Una tercera expansión civilista del paradigma constitucional. La sustracción de los bienes fundamentales al mercado\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eVII. La democracia sustancial. Democracia liberal y democracia social\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.1. La dimensión sustancial de la democracia: la democracia liberal y la democracia social\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.2. C) La democracia liberal. El igual valor de las diferencias, su respeto y su libre expresión. Grados desiguales de libertad: libertades públicas y libertades privadas. Las tecnologías informáticas y la protección de los datos personales\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.3. El garantismo penal. Dos principios de legalidad: legalidad formal y legalidad sustancial. El derecho penal mínimo. La laicidad del derecho y la laicidad de la moral\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.4. El garantismo liberal. Los derechos activos\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ede libertad como derechos cuya garantía es una condición de la democracia política. Las garantías de la libertad de prensa\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.5. Las libertades-inmunidad fundamentales. Cuestiones de bioderecho. El embrión y el feto son personas si y solo si concebidas como tales por la madre\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.6. La pena carcelaria como contradicción institucional. Seguridad efectiva e inseguridad imaginaria. Por la reducción de la cárcel y por un sistema de penas alternativas\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.7. D) La democracia social. Los fundamentos ético-políticos y económicos de los derechos sociales. Del estado social burocrático al estado social de derecho\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.8. El garantismo social. Los derechos a la educación y a la salud. La gratuidad de sus garantías como corolario de su carácter universal. Una lección que extraer de la epidemia del coronavirus\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.9. Por una renta universal de ciudadanía. Renta básica y derechos de los trabajadores\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e7.10. La construcción de la democracia social: vínculos presupuestarios para sustento de las garantías primarias, fiscalidad progresiva y expansión de las garantías secundarias. La sinergia entre las cuatro\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003edemocracias\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eVIII. La democracia cosmopolita. Los crímenes del sistema. Por una Constitución de la Tierra\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.1. El paradigma constitucional prefigurado por la Carta de la onu y su paradójico declive en la era de la globalización\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.2. La necesidad y la urgencia de un constitucionalismo más allá del estado. Instituciones y funciones estatales de gobierno e instituciones y funciones globales de garantía. Un despertar de la razón política urgido por la pandemia\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.3. Constitucionalizar la globalización, globalizar el ga-\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003erantismo constitucional. La adveración del constitucionalismo por efecto de su expansión universal. Por una fiscalidad global\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.4. Los crímenes de sistema como ilícitos no penales, ocasionados por el actual sistema político y económico global. Cuatro clases de crímenes de sistema, p\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eA) Las devastaciones del medio ambiente. Para salvar\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ela Tierra: un constitucionalismo de los bienes fundamentales\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.6. B) Las guerras y la producción y la venta de armas. Las garantías de la paz\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.7. C) Un apartheid mundial. Los muertos por hambre y por enfermedades no tratadas. Por un garantismo social global\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.8. D) La huida de los migrantes de los crímenes de sistema. La cuestión migrantes como banco de pruebas del constitucionalismo tomado\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003een serio\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.9. Proyecto Europa y paradoja Europa. El futuro\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003ede la Unión Europea. Un garantismo constitucional europeo\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003e8.10. Sujetos constituyentes: los titulares de derechos fundamentales violados, los migrantes los primeros. Por una Constitución de la Tierra. La insidia del realismo político. Optimismo metodológico\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003cbr\u003e\u003cspan\u003eÍndice de nombres\u003c\/span\u003e\u003cbr\u003e\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"p1\"\u003eEN CASO DE REQUERIR FACTURA\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"p1\"\u003eDIRIGIRSE A:\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"p1\"\u003ewww.libreriauniversitariadepuebla.com\u003c\/p\u003e\n\u003cp class=\"p1\"\u003e\u003cimg alt=\"\" src=\"https:\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0762\/0480\/2332\/files\/8-JesusMendoza.webp?v=1711656013\"\u003e\u003c\/p\u003e","brand":"Editorial Trotta","offers":[{"title":"Editorial: TROTTA \/ Año de edición: 2023 \/ ISBN: 978-84-1364-201-7 \/ Páginas: 492 \/ Encuadernación: Rústica - Pasta blanda Colección: AUTORAL","offer_id":48298528211228,"sku":"9788413642017","price":1225.0,"currency_code":"MXN","in_stock":true}],"thumbnail_url":"\/\/cdn.shopify.com\/s\/files\/1\/0762\/0480\/2332\/files\/978841364201.jpg?v=1712596378","url":"https:\/\/libreriauniversitariadepuebla.com\/products\/construccion-de-la-democracia-la-1-%c2%aa-ed-2023-ferrajoli-luigi","provider":"Grupo Empresarial LUDP- Librería Universitaria de Puebla ®","version":"1.0","type":"link"}